Es verano, tiempo de vacaciones y de disfrutar del merecido descanso despues de todo el año trabajando. Con los meses de vacaciones muchos son los que tienen dudas sobre la jurisprudencia que cobija su sector.
Por ejemplo, una de las mas comunes es ¿Qué pasa con mis vacaciones si he estado un tiempo de baja?
La jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha mostrado su total apoyo para los trabajadorees, fortaleciendo asi el derecho de los trabajazados a disfrutar del periodo vacacional que por convenio le corresponda, independientemente de que haya tenido un tiempo de incapacidad.
Por lo que estar un tiempo sin acudir al trabajo porque alguna enfermedad esta achacando tu salud e impidiendo que puedas realizar tu vida cotidiana con total normalidad no es motivo para que cuando llegue tu periodo vacacional no puedas disfrutar de tus ‘vacaciones’.
Los tribunales españoles han aceptado esta doctrina y cambiado la vigente, la cual imponia que si la incapacidad temporal habia comenzado antes o durante tu periodo de descanso perdias tu disfrute vacacional.
Aunque no siempre la justicia se pone del lado del empleado, tiene que haber motivos mas que suficientes para que esto sea asi.
En 2013, el juez dicto sentencia en contra del trabajador ya que este después de estar casi dos meses de baja por una lumbalgia, un viernes llego a la empresa presentando el alta medica y avisando a sus superiores que el lunes se iba de vacaciones. En este específico caso el juez falló que el empleado había faltado de manaerra injustificada a su puesto de trabajo.
Información sacada gracias al articulo de Expansión.